PENSION DE SOBREVIVIENTES SE HACE EXTENSIVA A FAMILIA DE CRIANZA

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 6 agosto, 2020
Actualizado 2020/08/06 at 1:31 PM

Hace unos días la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, al resolver un recurso de casación enfatizó la protección especial que tiene la familia independientemente de la manera en que la misma se encuentra constituida, haciendo extensiva la pensión de sobrevivientes a la familia de crianza, pues afirma que aquella en donde la convivencia continua, el afecto, la protección, el auxilio y respeto mutuos van consolidando núcleos familiares de hecho.

Es por lo anterior que, no se puede desconocer ni discriminar a este tipo de familias, cuando se pretende hacer el reconocimiento de una prestación que implica mantener la protección económica de aquel que asumió de manera responsable la crianza de alguien.

Para efectos de acceder a este reconocimiento, el interesado deberá demostrar los que a continuación se relacionan;

  1. Reemplazo de la familia de origen
  2. Vínculos de afecto, protección y comprensión
  3. Reconocimiento de la relación padre e hijo o madre e hijo
  4. Carácter de indiscutible permanencia
  5. Dependencia económica
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