ACTAS EN UNA SAS

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 10 agosto, 2020
Actualizado 2020/08/10 at 10:03 AM

De acuerdo con el artículo 22 de la Ley 1258 de 2008, todas las sociedades por acciones simplificadas SAS se encuentran en la obligación de llevar un libro de actas en el cual se anoten las decisiones de la asamblea de accionistas, la norma reza lo siguiente: ARTÍCULO 22. QUÓRUM Y MAYORÍAS EN LA ASAMBLEA DE ACCIONISTAS. Salvo estipulación en contrario, la asamblea deliberará con uno o varios accionistas que representen cuando menos la mitad más una de las acciones suscritas.

Las determinaciones se adoptarán mediante el voto favorable de un número singular o plural de accionistas que represente cuando menos la mitad más una de las acciones presentes, salvo que en los estatutos se prevea una mayoría decisoria superior para algunas o todas las decisiones.

PARÁGRAFO. En las sociedades con accionista único las determinaciones que le correspondan a la asamblea serán adoptadas por aquel. En estos casos, el accionista dejará constancia de tales determinaciones en actas debidamente asentadas en el libro correspondiente de la sociedad”.

Así las cosas, es indispensable que, aunque la sociedad tenga un único socio todas las decisiones deben quedar consignadas en un acta que se lleva en un libro, siendo esta la constancia legal de los trámites llevados a cabo; debe quedar en dio documento un presidente y un secretario para efectos de legalidad del documento.

Dr. Alejandra Rodríguez Espinosa

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