VIGILANCIA PREVENTIVA A LAS APLICACIONES CREADAS EN EL MARCO DEL COVID-19

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 13 agosto, 2020
Actualizado 2020/08/13 at 11:36 AM

Es indispensable tener en cuenta que, la Superintendencia de Industria y Comercio teniendo en cuenta su obligación de vigilancia preventiva a las aplicaciones creadas por el CORONAVIRUS COVID-19 por las autoridades departamentales y municipales, y teniendo en cuenta el inicio de una actuación administrativa el día 2 de junio de 2020, la SIC ordenó por medio de la Resolución 45002 del 5 de agosto de 2020 a la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. lo siguiente:

  • IMPLEMENTAR las medidas de seguridad apropiadas y efectivas para impedir el acceso o descarga de la información recolectada y tratada en las plataformas denominadas “Bogotá Cuidadora” y “GABO APP”, en especial en los servidores tramitesenlinea.saludcapital.gov.co y reddecuidadociudadano.gov.co
  • FORTALECER las medidas de seguridad, acceso y uso limitado, circulación restringida y confidencialidad de los datos sensibles, de tal forma que no sólo se implemente la “responsabilidad demostrada”, sino también la “responsabilidad reforzada”.
  • CUMPLIR con lo ordenado dentro de los 10 días siguientes a la ejecutoria del acto administrativo.

Así las cosas, la Resolución rescata la protección que deben dar las entidades a la protección de datos personal y en especial si son sensibles; por otro lado, el cumplimiento de esta orden, se debe acreditar por medio de una certificación suscrita por la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., en su calidad de responsable del tratamiento de datos, con la cual se pruebe la implementación de las medidas ordenadas por la SIC.

Dr. Alejandra Rodríguez Espinosa

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