CONTRATO DE ADHESIÓN

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 7 septiembre, 2020
Actualizado 2020/09/07 at 2:34 PM

El contrato de adhesión tiene la principal característica de que es elaborado o establecido por una de las partes inmersas en él, por tanto, la otra parte solo tiene la posibilidad de establecer si acepta tales circunstancias o no. En este tipo de contratos se rompe la regla o generalidad del equilibrio contractual, toda vez que la parte que se adhiere al contrato solo tiene dos posibilidades, o aceptar tales condiciones o no firmar el contrato.

Al respecto ahondaremos en las características principales de estos contratos:

  1. La oferta la hace una de las partes conteniendo todas las estipulaciones del contrato.
  2. No acepta discusión, la contraparte o acepta o se abstiene de contratar.
  3. Los contratos de adhesión no deben ser confundidos con la adhesión a un contrato ya celebrado por otras personas, como, por ejemplo, incorporarse a una sociedad anónima.
  4. El consumidor es el destinatario final de servicio.

Dra. Sandy Paola Alvarez Palencia

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