EMPLEADOR PUEDE DESVIRTUAR CONTENIDO DE CERTIFICADOS LABORALES.

Alberto Jaramillo Polo
Alberto Jaramillo Polo 17 septiembre, 2020
Actualizado 2020/09/17 at 3:11 PM

La Corte Suprema de Justicia sala laboral mediante sentencia SL-26002018 de junio 27 de 2018 indico que, si bien ha conceptuado que los hechos consignados en los certificados laborales deben reputarse como ciertos, paralelamente también ha sostenido que el empleador tiene la posibilidad de desvirtuar su contenido mediante pruebas contundentes que lleguen al convencimiento del juez.

Conforme a lo anterior la corte ha indicado que no es usual que una persona falte a la verdad y dé razón documental de la existencia de aspectos tan importantes que, de resultar falsos, comprometan su responsabilidad.

Por otro lado, también recordó que con ocasión de lo dispuesto en el artículo 61 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, los jueces de instancia gozan de la facultad de apreciar libremente los medios de convicción para formar su convencimiento acerca de los hechos controvertidos, con fundamento en los medios probatorios que más los induzcan a hallar la verdad. 

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