SOLUCION DE CONTINUIDAD EN EL CONTRATO LABORAL

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 25 septiembre, 2020
Actualizado 2020/09/25 at 2:36 PM

La solución de continuidad en los contratos laborales surge cuando aun existiendo dos contratos laborales diferentes en un tiempo determinado, se puede reconocer o considerar la existencia de un solo contrato, al evidenciarse en tal relación laboral que el vínculo contractual funge en cabeza del mismo empleador y del mismo trabajador y más aún cuando dicho contrato se da bajo las características, condiciones y funciones del contrato inicialmente pactado.

Ahora bien, es importante precisar que no hay una norma puntual que establezca el lapso para considerar si hay o no continuidad laboral de un contrato a otro, sin embrago a nivel jurisprudencial la Corte suprema de justicia ha especificado que cuando entre la celebración de uno y otro contrato median interrupciones breves, “como podrían ser aquellas inferiores a un mes”, estas deben ser consideradas como aparentes o meramente formales, sobre todo cuando es evidente la intención real de las partes de dar continuidad al vínculo laboral. Por tanto, no puede considerarse que las interrupciones tengan la fundamentación suficiente para interrumpir el nexo contractual y dar origen a un nuevo contrato.

Por tanto, es importante precisar que la sola existencia de una interrupción de la relación laboral no es suficiente para desvirtuar la solución de continuidad. El hecho de declarar la continuidad laboral supone la existencia de un solo contrato, o que el contrato nuca fue interrumpido, y ello tiene como consecuencia que el empleador deba pagar los salarios, prestaciones sociales y seguridad social durante el tiempo en que la relación laboral estuvo interrumpida.

Dra. Sandy Alvarez Palencia

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