Es deber del juez buscar una solución respetuosa de los derechos de los trabajadores en el contexto de los contratos a término fijo, pues esta modalidad no es una coraza compacta y hermética que impida la vigencia de los derechos fundamentales en su interior, así como tampoco dota al empleador de un poder absoluto en la empresa ni de una licencia para inobservar los derechos fundamentales del trabajador
En la estabilidad laboral reforzada de personas en situación de discapacidad, si el empleador fundamenta como razón objetiva de finalización del vínculo laboral la terminación de la obra, debe acreditar la ocurrencia del hecho, pues es quien se encuentra en mejor posición probatoria para documentarse y probar la efectiva terminación de las actividades contratadas
Luis E. Naranjo Corredor
Coordinador Legal