PROCEDIMIENTOS EN LOS QUE INTERVIENE EL MINISTERIO PUBLICO EN MATERIA FAMILIAR.

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 16 octubre, 2020
Actualizado 2020/10/16 at 4:43 PM

La Dirección General del Ministerio Público en lo Familiar y Civil tiene como atribuciones, entre otras, la de intervenir en los juicios en que se vean involucrados menores incapaces y los relativos a la familia, al estado civil de las personas, sucesorios y todos aquellos que por disposición de la ley sea parte o deba actuar con la representatividad social que le es propia.

Juicios De La Adopción:

Intervendrá en la solicitud de la adopción, debiendo cerciorarse que la adopción es benéfica para el adoptado; que el adoptante tiene medios económicos, para satisfacer las necesidades alimentarias del menor y que es una persona honorable, así como de manifestar su consentimiento hacia dicha solicitud y en su caso oponerse a la misma, debiendo expresar la causa en que se funde para tomar dicha decisión y el la calificará tomando en cuenta los intereses del adoptado, tratándose de un menor o incapacitado. Cuando el tutor pretende adoptar, el Ministerio Público debe verificar que éste, presentó debidamente las cuentas de su administración las cuales deberán ser aprobadas previamente a que se realice la adopción.

 Pago De Alimentos

1.       Cuando en el juicio de Controversia del Orden Familiar se tiende a definir provisionalmente la guarda y custodia de hijos extramatrimoniales, el Ministerio Público será escuchado acerca de la conveniencia de la guarda y cuidado a favor de uno de los progenitores que se le concede al otro.

2.       Para el caso de que la controversia verse en materia de alimentos, ejercitara la acción de aseguramiento de los alimentos provisionales que deba otorgar al acreedor a su deudor y una vez que conforme a la observación que se haga respecto al porcentaje decretado por el juez del conocimiento se tengan elementos para ello.

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