CARGOS DE DIRECCIÓN MANEJO Y CONFIANZA

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 23 octubre, 2020
Actualizado 2020/10/23 at 4:20 PM

Se entiende como trabajador de dirección y confianza, aquel trabajador que por su cargo y por las funciones que presta, tiene una gran responsabilidad dentro de la estructura administrativa de la empresa, ya que poseen mando y jerarquía frente a los demás empleados. Cabe aclarar que, si un trabajador no tiene facultades especiales diferentes a la de cualquier otro trabajador de la empresa, no puede el empleador, de forma artificial, infundada, considerarlo como empleado de dirección manejo y confianza como una estrategia para hacer inocuo el límite legal a la jornada laboral máxima.

Lo anterior teniendo de presente que este tipo de cargos tienen un tratamiento diferente en cuanto a la jornada de trabajo pues no se les aplica la jornada máxima, si las condiciones de trabajo así lo exigen, el trabajador de dirección y confianza, deberá trabajar más de la jornada legal, es decir, este tipo de trabajadores no puede exigir el reconocimiento de horas extra como tal, pues estando la empresa bajo su responsabilidad, no puede ausentarse de ella mientras que las obligaciones exijan su presencia.

Dra. Sandy Alvarez Palencia

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