Para efectos de abordar el tema que aquí nos ocupa, resulta necesario manifestar que, en los casos en que se requiera la participación de menores en la realización de prácticas bien sea médicas o científicas, deberá darse aplicación al principio del interés superior de los menores y adolescentes en Colombia, para efectos de garantizar que en el desarrollo de las mismas, se cumpla con los protocolos y la normatividad legal vigente que aplica para el caso en concreto, esto, con el fin de que, dichas pruebas no afecten el ejercicio de sus derechos, sobre todo si las mismas, implican un riesgo sobre la vida o la integridad del menor.
El consentimiento para la aplicabilidad de estas pruebas, tendrá que ser otorgado por los dos padres cuando la patria potestad recae sobre ambos, salvo que, por algún motivo, esta recaiga sobre solo uno de ellos.