SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN PLATAFORMA ZOOM

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 27 noviembre, 2020
Actualizado 2020/11/27 at 10:44 AM

De acuerdo con Resolución Número 74519 DE 2020 emitida por MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO, se imparten órdenes dentro de una actuación administrativa llevada a cabo de oficio en contra de ZOOM VIDEO COMMUNICATIONS, INC, lo anterior partiendo del hecho que, el artículo 19 de la Ley Estatutaria 1581 de 2012, establece que “la Superintendencia de Industria y Comercio, a través de una Delegatura para la Protección de Datos Personales, ejercerá la vigilancia  para garantizar que en el Tratamiento de datos personales se respeten los principios, derechos, garantías y procedimientos previstos en la presente ley”.

Así las cosas, La Superintendencia de Industria y Comercio ordenó a la entidad ZOOM VIDEO COMMUNICATIONS, INC que en un plazo no mayor a cuatro (4) meses adopte medidas de seguridad para proteger los datos personales de los colombianos que han optado por tomar esta plataforma que es un opción óptima para acceder a tener contacto en esta pandemia.

Dr. Alejandra Rodríguez Espinosa

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