EL REGISTRO CIVIL

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 30 noviembre, 2020
Actualizado 2020/11/30 at 11:03 AM

Con el objeto de reconstituir pruebas sobre la afiliación, en orden a evitar los matrimonios entre parientes, se crearon por la iglesia los libros de bautizos, que servían también para llevar las cuentas de los emolumentos que por la administración del sacramento del bautismo sufragaban los fieles. Con el mismo fin se crearon también los registros de matrimonio o de defunciones.

No obstante, Colombia es un país donde la casi totalidad de habitantes es católica, se vio la necesidad de secularizar el servicio de registro del estado civil de los actos constitutivos o modificativos de ese estado de las personas no católicas, como también  para dejar constancia de algunos actos  de los que no se hace mención en los libros parroquiales como las adopciones, el reconocimiento de hijos extramatrimoniales, etc.

La actual legislación de Colombia, establece un sistema mixto sobre el registro del estado civil, según ese sistema el registro del estado civil se lleva de un lado por los notarios y del otro por los curas párrocos, al primero lo denominamos registro civil y al segundo registro eclesiástico.

Dr. Alejandra Rodríguez Espinosa

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