Inicialmente es oportuno precisar que, la Estabilidad Laboral Reforzada por Maternidad obedece a un hecho que resulta ser cierto e indiscutible, por lo que se sale de todo contexto el hecho de que se pretenda terminar un vinculo laboral aduciendo que hay un mutuo acuerdo, pues es clara la desproporción que hay en tal situación con respecto a la trabajadora que se encuentra bajo una debilidad manifiesta.
Es por lo anterior que, la Corte Constitucional aseguró que, así exista documento que deje de manifiesto que las partes se encuentran a paz y salvo por todo concepto frente a las obligaciones de orden laboral que emanaron de este contrato, resulta muy sencillo desvirtuar la validez de dicho documento, atendiendo al hecho de que la Estabilidad Laboral Reforzada, refiere a un hecho que es cierto e indiscutible, por lo que transar sobre este tipo de eventos resulta totalmente ineficaz.