Es pertinente aclarar que un mensaje de datos es aquella información la cual ha sido enviada, recibida, almacenada o comunicada por algún medio electrónico, para esto la ley 529 de 1999 nos aclara que el requisito jurídico para el uso de la información por medio de mensajes de datos procede de la siguiente forma:
- Original: Si en algún momento la norma requiere que alguna información sea presentada y conservada en su forma original esto se podrá dar por cumplido por medio de un mensaje de datos si se reúnen los requisitos con el fin que exista una garantía confiable e integrar de que la conservación se generó desde el primer momento.
- Escrito: Se podrá dar por cumplido cunado en cualquier momento se puede demostrar que la información es accesible para una posterior consulta.
- Por medio de la integridad de un mensaje de datos siempre y cuando está siempre haya permanecido inalterada, con excepción de que esta tenga un nuevo proceso de archivo o comunicación.
Aclarados estos requisitos es pertinente informar que la información respecto de libros o documentos de comerciantes no solo se conservan digitalmente, esto hace referencia a que también está la posibilidad de almacenarlo de forma física siempre y cuando se garantice su cuidado para poder ser usada en el momento que se requería y se encuentren en condiciones adecuadas para acceder a la información que se consagra en ellos.