PRUEBA EXISTENCIAL DEL CONTRATO DE TRABAJO

Juan Gomez Galeano
Juan Gomez Galeano 27 enero, 2021
Actualizado 2021/01/27 at 11:42 AM

Por norma general, el contrato de trabajo es de forma escrita, dejándose con el suscrito el precedente inequívoco que consenso contractual, sin embargo, en ocasiones el contrato de trabajo se constituye de manera verbal y con esto surge la necesidad de probar, de ser preciso, la existencia de dicho vínculo laboral.

Es cierto que el contrato de trabajo se puede probarse si el acervo es suficientemente claro, ejemplos de lo anterior son los testigos, recibos del pago de nómina, carné laboral, pagos a la seguridad social, mensaje de datos, entre otros. Pero, ¿qué sucede con los contratos de trabajo a término fijo?, recordemos que el artículo 46 del código sustantivo del trabajo dispone que este tipo de contrato debe constar siempre por escrito, no obstante, esta disposición no se contraría del artículo 54 del mismo código que establece que la existencia y condiciones del contrato de trabajo   puede ser probada por los medios probatorios ordinarios.

Respecto a esto la sala laboral de la Corte Suprema de Justicia expone en sentencia 36035 del 5 de abril de 2011 que la temporalidad del contrato puede probarse por otros medios distintos al documento físico laboral. Entonces, actualmente la corte avala las pruebas que puedan ser conducentes, pertinentes y útiles, encaminadas a demostrar el contrato de trabajo a término fijo.

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