De acuerdo al proyecto de resolución emanado por la Dian, Los sujetos que llevarán a cabo la generación y transmisión del documento soporte de pago de nómina electrónica conforme lo indica el artículo 4 de esta resolución y las notas de ajuste del citado documento, deberán cumplir con la implementación del mencionado documento, teniendo en cuenta los siguientes calendarios:
Grupo Fecha de inicio habilitación en el servicio informático electrónico nómina electrónica (DD/MM/AAAA) Fecha máxima para iniciar con la generación y transmisión del documento soporte de pago de nómina Intervalo en relación con el número de empleados
1 31/03/2021 Mas de 250 trabajadores Mas de 250 trabajadores
2 31/03/2021 Desde 11 Hasta 250
3 31/03/2021 Desde 4 Hasta 10
4 31/03/2021 Hasta 3 Hasta 3
Adicional a lo anterior, la fecha máxima para iniciar con la generación y transmisión del documento soporte de pago de nómina electrónica y de las notas de ajuste del documento soporte de pago de nómina electrónica. (DD/MM/AAAA) será así:
Mas de 251 (30/04/2021)
Desde 11 hasta 250 (31/05/2021)
Desde 4 hasta 10 (30/06/2021)
Hasta 3 (31/07/2021)
De igual manera es oportuno señalar que, las empresas que a la fecha no tengan implementada la factura electrónica sin importar su número de trabajadores tendrán una fecha de inicio de habilitación en el servicio informático electrónico nómina electrónica el 31 de enero del 2022 y una Fecha máxima para iniciar con la generación y transmisión del documento soporte de pago de nómina electrónica y de las notas de ajuste del documento soporte de pago de nómina electrónica el 31 de marzo del 2022.
Para finalizar, no podemos olvidar que la resolución expedida por la DIAN fue presentada como PROYECTO, por lo cual las fechas pueden ser susceptibles de modificación.
Luis E. Naranjo Corredor
Asesor Jurídico