Es importante indicar que las cesantías son un auxilio, el cual es una prestación social en favor de los trabajadores, se indica que las cesantías se liquidan de manera anual, ahora bien, las cesantías se deben liquidar cuando termine el contrato de trabajo, cuando el trabajador pasa de tener un salario normal a un salario integral y cada año con corte al 31 de diciembre.
Las cesantías se deben cancelar durante la relación laboral de manera anual, es decir que, se deberán consignar las mismas en el respectivo fondo de cesantías, para lo cual se cuenta con un plazo hasta el día 14 de febrero, es importante tener claridad del salario con el cual se debe liquidar, por ello es importante citar el articulo 253 del Código Sustantivo de Trabajo, el cual nos indica lo siguiente:
“Para liquidar el auxilio de cesantía se toma como base el último salario mensual devengado por el trabajador, siempre que no haya tenido variación en los tres (3) últimos meses. En el caso contrario y en el de los salarios variables, se tomará como base el promedio de lo devengado en el último año de servicio o en todo el tiempo servido si fuere menor de un año.”
De acuerdo a lo interpretado de la norma, nos indica que se deberá tomar el último salario devengado del trabajador siempre y cuando no haya presentado una variación en el salario, es decir se habla de un salario fijo.