CORTE CONSTITUCIONAL REAFIRMA LA ESTABILIDAD LABORAL DE MUJERES EMBARAZADAS, PERO EL EMPLEADOR DEBE CONOCER DEL MISMO.

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 15 febrero, 2021
Actualizado 2021/02/15 at 11:50 AM

La Corte Constitucional, reafirmó la importancia de garantizar la estabilidad laboral de las trabajadoras en estado de embarazo y durante la lactancia, para evitar la discriminación de las mujeres en el trabajo. Así las cosas, para terminar el contrato de trabajo a una trabajadora cuando el embarazo es conocido por el empleador, es necesario acudir al Inspector del Trabajo previamente.

No obstante, La Corte Constitucional, logro evidenciar en los expedientes revisados que, cuando el empleador no tiene conocimiento sobre el embarazo y el contrato laboral termina, no se puede alegar que existe discriminación y no se aplica el fuero de maternidad. Puesto que resulta excesivo exigir a los empleadores que reintegren al empleo, paguen la licencia de maternidad y las cotizaciones a la seguridad social de trabajadoras que fueron despedidas sin que se supiera acerca de su embarazo.

Dr. Alejandra Rodríguez Espinosa

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