TERMINO DE PRESCRIPCION POR CONCEPTO DE VACACIONES

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 11 marzo, 2021
Actualizado 2021/03/11 at 5:45 PM

Al respecto de la prescripción de derechos laborales, el código sustantivo del trabajo, en su artículo 488 establece que el mismo es de tres (3) años, esta prescripción implica que el trabajador pierda el derecho a reclamar tales acreencias laborales a su empleador o ex empleador, sin embargo, es de anotar que la prescripción es declarada directamente por un juez, y ante una eventual demanda, el momento oportuno para su solicitud es en la contestación de la misma.

Ahora bien, en cuanto a las vacaciones como tal, se entiende que el derecho a las vacaciones remuneradas surge o se adquiere una vez el trabajador haya laborado un año en la compañía, por tanto, son exigibles cuando se cumple tal termino y no al inicio de la relación laboral, al compararla con otras obligaciones y/o derechos en cabeza del empleador,  el termino de prescripción se entenderá a cuatro (4) años contados a partir del inicio de la relación laboral, sin embargo, si se llegare a terminar el contrato antes del cumplimiento del año laborado, el termino empezara a contar al momento de la terminación del contrato.  

 Dra. Sandy Alvarez Palencia

Share this Article