De acuerdo con el Convenio 102 de 1952 de la OIT o también conocida como la norma mínima de la seguridad social, así mismo el Convenio 118 de 1962 sobre igualdad de trato de nacionales y extranjeros en materia de seguridad social se relaciona con lo concerniente a las prestaciones por vejez, por ello es importante resaltar que, en el año 2001, se reconoció a la seguridad social como un derecho fundamental.
Por otro lado, la declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 en su artículo 22 garantiza el derecho a la seguridad social y en el 25, reconoce que toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado y que se le asegure en caso de vejez; así las cosas, el derecho que le asiste a toda persona que se le proteja contra las consecuencias de la vejez que le imposibilite física o mentalmente obtener medios para subsistir. Basados en las normas internacional podemos afirmar que la seguridad social es un derecho de todos los ciudadanos y se encuentra reconocida y protegida no solo a nivel nacional, esto en relación con la dignidad humana
Dr. Alejandra Rodríguez Espinosa