¿NO SE VULNERA EL DERECHO AL HABEAS DATA Y BUEN NOMBRE POR REALIZAR CONSULTAS EN LA PAGINA DISPUESTA POR LA RAMA JUDICIAL SOBRE PROCESOS PENALES?

Camilo Andres García Bejarano
Actualizado 2021/03/24 at 2:38 PM

Se evidencia que los registros procesales que aparecen en la Consulta de Procesos Nacional Unificada de la Rama Judicial, no constituyen antecedentes penales o judiciales, pues lo que busca es facilitar a los ciudadanos el acceso a la información de los procesos surtidos en el territorio, Aunado a esto hacen parte de un sistema de información a nivel nacional, además de dar publicidad y transparencia en su manejo, por los distintos paralelos judiciales, los cuales no denotan más allá de la simple afirmación del estado actual de los mismos.

En este punto, se debe tener en cuenta lo dicho por la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, se aprecia la imposibilidad de suprimir o eliminar los registros de procesos penales en la Consulta de Procesos Nacional Unificada, pues, le corresponde al interesado solicitar el anonimato de la información acorde con lo dispuesto en la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013, sobre la protección de datos sensibles. La información de la Consulta de Procesos Nacional Unificada, tiene por objeto permitir el acceso a los usuarios de la administración de justicia sobre las actuaciones y decisiones que se adopten en los diversos expedientes judiciales y, además, no reviste el carácter de antecedente judicial, por lo expuesto anteriormente es importante tener claro que la consulta de estos procesos en específicos van a aparecer como privados, por lo que si somos alguna de las partes interesadas y tenemos como probar nuestra participación dentro del proceso, debemos remitir un correo al juzgado en el cual solicitaremos sea enviado cualquier movimiento del mismo al correo indicado por nosotros para notificaciones y demás acciones que se presenten dentro del mismo.

Dra. Cynthia Karina López Sánchez

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