De acuerdo al Decreto 333 del 6 de abril del 2021 se definen las nuevas maneras en que se debe realizar el reparto de las acciones de tutela, como primera medida debemos tener en cuenta que esto solo aplicara para acciones de tutela que se presenten con posterioridad a dicha fecha, las presentadas con anterioridad a esta fecha serán resueltas por el juez a quien hubiere sido repartidas, así como la impugnación de sus fallos.
Los ajustes son los siguientes:
- Las tutelas dirigidas contra decisiones tomadas por la superintendencia nacional de salud, relacionadas con medidas cautelares y de toma de posesión e intervención forzosa administrativa para administrar o liquidar, de cesación provisional o de revocatoria total o parcial de habilitación o autorización de funcionamiento serán repartidas a los tribunales superiores d distrito judicial o a los tribunales administrativos.
- Las acciones dirigidas contra el consejo superior de la judicatura y la comisión nacional de disciplina judicial serán repartidas para su conocimiento, en primera instancia, a la corte suprema de justicia o al consejo de estado y se resolverán por la sala de decisión, sección o subsección que corresponda.
- Las acciones dirigidas contra las actuaciones del Presidente De La República, incluyendo las relacionadas con la seguridad nacional y políticas, programadas y/o estrategias de erradicación de cultivos ilícitos, serán repartidas, para su conocimiento en primera instancia, al consejo de estado.
Dra. Cynthia Karina López Sánchez