El dumping es una práctica que podríamos entender como contraria a la competencia leal, y por este motivo constituye un abuso del derecho; ahora bien, cuando un comerciante busca apropiarse del mercado y para ello vende sus productos al mismo costo de producción, se ve inmerso en dumping.
Así las cosas, recordemos que la libre competencia, supone en la práctica una serie de limitaciones a su ejercicio, que no se pueden perder de vista porque estaríamos inmersos en la ilegalidad de los comerciantes, es decir, el abuso del derecho a competir, o en otras palabras «competencia desleal». De acuerdo con MINTIC “La Dirección de Comercio Exterior podrá determinar y ordenar el cobro de derechos antidumping a la importación de todo producto objeto de dumping, respecto del cual se haya determinado que causa o amenaza causar un daño importante a la rama producción nacional o retrasa en forma importante su establecimiento”.
Dr. Alejandra Rodríguez Espinosa