En Colombia es valida la venta de inmuebles a pesar de que no la realice el titular de dominio de este, para que esta venta tenga validez jurídica debemos tener en cuenta: I) Debe realizar un contrato de promesa de compraventa en la cual el vendedor se compromete a realizar el traspaso del inmueble una vez este posea el derecho de dominio, II) el vendedor deberá entregar el inmueble en el pacto y/u plazo pactado en la promesa iii) No obstante, es requisito indispensable para la perfección del contrato el registro de escritura publica en la oficina de registros e instrumentos públicos.
Es menester recordar que ni la entrega del bien inmueble ni la sola promesa de compraventa trasfieren el derecho de dominio de la propiedad, por ello es indispensable como solemnidad del contrato el registro de la escritura
Dr. Germán Gutiérrez Quintero