CAUSALES DE DISOLUCION DE LA ENTIDAD SIN ANIMO DE LUCRO

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 22 mayo, 2021
Actualizado 2021/05/22 at 11:44 AM

Las entidades sin ánimo de lucro se disolverán por las causales establecidas en los estatutos o por las causales establecidas en el régimen de cada entidad, sin prejuicio de lo anterior, las entidades sin ánimo de lucro podrán disolverse por las siguientes causales:

  1. Por vencimiento del termino de duración.
  2. Por decisión de los asociados.
  3. Por alguna causal legal o estatutaria.
  4. Por terminación del patrimonio.
  5. Por apertura de la liquidación obligatoria u orden de autoridad competente.
  6. Por cancelación de su personería jurídica por orden de la autoridad de inspección y vigilancia.

De conformidad a lo mencionado, es de indicar que luego de establecerse la causal de disolución, igualmente se designara un liquidador que procederá con todos los trámites pertinentes para la garantía de derechos económicos, contables tributarios y laborales a favor de terceros.

Dr. Sandy Alvarez Palencia

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