ADULTOS MAYORES PUEDEN SOLICITAR REDUCCIÓN DE EMBARGOS EN PROCESOS DE ALIMENTOS SI SON AFECTADOS.

Alberto Jaramillo Polo
Alberto Jaramillo Polo 26 mayo, 2021
Actualizado 2021/05/26 at 12:03 PM

Mediante sentencia STC-500062021 del 06 de mayo de 2021 la sala civil de la Corte Suprema de Justicia, indicó que, aunque el artículo 600 del código general del proceso, contempla la intervención de los acreedores y deudores en un proceso de alimentos, y si hay sujetos de especial protección constitucional, y aunque no fueron convocados en principio en el proceso, podrían participar en él, debido al interés transitorio en las consecuencias derivadas de la ejecución de las medidas cautelares.

Es por ello que la alta corte, preciso la especial protección de los adultos mayores como sujetos en condición de vulnerabilidad, y ellos se hacen necesario modular esa norma para que se les permita participar, esto con el fin de discutir la extensión de los embargos proferidos en el proceso de alimentos, toda vez que mediante esta sentencia se logró probar que la medida de embargo afectaba a la adulto mayor, ya que a su hijo fue embargado en un 40% de su salario, no obstante,  la adulta mayor, depende 100% de su hijo, por ende solicita la reducción del embargo a un 20%.

Igualmente, la alta corte, aclaro que, para estos casos en específico, su participación será de manera transitoria, toda vez que una se resuelva la solicitud, el proceso seguirá su curso sin su intervención.

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