DEBERES DEL CONSUMIDOR

Paula Tiusaba Robayo
Paula Tiusaba Robayo 31 mayo, 2021
Actualizado 2021/05/31 at 2:41 PM

De conformidad con la ley 1480 del año 2011- Estatuto del Consumidor indico la SIC en su concepto No. 10660 donde refiere que los consumidores si bien es cierto tienen una serie de derechos como consumidores también les asisten unos deberes y dentro de estos se encuentra que el consumidor debe informarse al detalle acerca de los productos y servicios que adquiere en una determinada modalidad, por lo que previo a la suscripción de un contrato debe conocer los por menores de las condiciones de lo que está comprando o de lo cual se está comprometiendo, lo anterior toda vez que el no informarse o el desconocimiento no es causal objetiva de eximente de responsabilidad.

Por lo que ante una eventual demanda donde se esté pretendiendo el pago de algún tipo de perjuicios a favor del consumidor deberá demostrar este que no conocía las condiciones generales del producto, que estas no fueron suministradas o que no estaban en detalle en lo ofrecido por el productor o proveedor, lo anterior toda vez porque en caso contrario podría sufrir inclusive condena en su contra por desgaste a la administración de justicia.

Dra. Paula Tiusaba Robayo

Actualidad Jurídica Empresarial

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