¿CÓMO SE ADELANTAN LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS AL MOMENTO DE SALIR DEL PAÍSCON NIÑOS, NIÑAS O ADOLESCENTES, IMPLICADOS EN ALGUNA INFRACCIÓN?

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 19 junio, 2021
Actualizado 2021/06/19 at 9:35 AM

Cuando se presenta el caso de un Niño, Niña o Adolescente que vaya a salir del país en la compañía este debe darse con la compañía de uno de sus padres, pero si alguno de ellos se presume que incurrió en alguna anomalía respecto a las normas de carácter migratorio será necesario llevar a cabo el procedimiento administrativo esto en contra del padre que presuntamente incumpla la ley. 

Ahora bien, si el menor viaja solo y cualquiera de sus padres está en Colombia se autoriza la salida del país cumpliendo con los requisitos, realizando citación al padre con el fin de notificarle el inicio del procedimiento administrativo, pero si viaja solo y los padres no están en el país debe cumplir los requisitos pero bajo un mandato especial establecido en el artículo 2149 del Código Civil.

Dr. Alejandra Rodríguez Espinosa

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