Las entidades avaladas como formadora de conciliadores son las universidades, centros de conciliación, organizaciones gubernamentales y organizaciones no gubernamentales que soliciten el aval para impartir cursos de capacitación a conciliadores, además cumplir con lo exigido en la resolución 1399 de 2003, la cual deroga la resolución 19 de 2003.
Las entidades que cumplan con los requerimientos y hagan la solicitud, lo obtendrán en virtud de una resolución expedida por el Ministerio del Interior y de Justicia. Como requisitos para pedir el aval, dependerá de quien realice la misma, si la realiza una universidad, se deberá contar con Facultad de Derecho y Centro de conciliación, el centro de conciliación debe tener la autorización para su funcionamiento como mínimo tres años antes de realizar la solicitud, además de esto el Centro debió haber operado durante los últimos 3 años antes de radicar la solicitud y haber tramitado como mínimo 50 casos de conciliación en ese tiempo. Lo anterior lo entendemos como requisitos con el fin de verificar que el solicitante del aval sea totalmente competente para realizar la formación para los futuros conciliadores.
Sí el solicitante es un organización gubernamental o no gubernamental está deberá celebrar un convenio con un centro de conciliación que tengan al menos tres años de existencia y que demuestren que permanentemente realizan audiencias de conciliación, o instituciones de educación superior que cuenten con facultad de derecho y centro de conciliación. Además, la solicitud de la entidad, deberá contener un contenido temático del curso, y el tiempo de duración del mismo, cumpliendo lo dispuesto por el Consejo Superior de la Judicatura en materia de directrices para la formación y capacitación de conciliadores.
El aval lo otorga el Ministerio de Justicia y Derecho, el cual expedirá la resolución pertinente notificando al representante legal de la entidad, además de inscribir a la misma al Sistema de información de Conciliación y Arbitraje. La entidad deberá expedir certificados a las personas que cursen y aprueben el curso, el certificado deberá contener con los requisitos establecidos por el Ministerio (Nombre de la entidad, del estudiante, cedula, etc.)
Dr. Germán Gutiérrez Quintero