El consejo técnico de la contaduría pública (C.T.C.P) mediante concepto 0678 de 2018 determinó que un contador al terminar su servicio, realice y elabore un informe de empalme con destino o la gerencia de la entidad o la persona la cual prestara sus servicios.
En el proceso de empalme debe informarse entre otras cosas lo siguiente:
• Estado actual de la contabilidad (transacciones pendientes por reconocerse en el sistema de información contable);
• Informe de notas de contabilidad y demás comprobantes contables pendientes por realizarse (ajustes por depreciación, por deterioro de cuentas por cobrar, ajuste de valor razonable, entre otros);
• Detalle de los impuestos no liquidados y que se encuentran pendientes por cumplir con sus obligaciones formales;
• Entrega de la documentación, soportes contables y libros de contabilidad, en poder del contador externo relacionada con la entidad; y
• Las demás que considere pertinente el profesional que externamente lleva la contabilidad
Por ello, más que entregar los soportes, libros y otros documentos, lo que el CTCP recomiendo al darse por terminarlo el contrato, es lo entrega del cargo mediante un proceso de empalme con el nuevo contador o con el funcionario que designe lo entidad contratante.