El contrato de trabajo a medio tiempo es aquel en el cual el empleador y trabajador pactan una prestación laboral por concepto de media jornada, en este orden de ideas un contrato de trabajo a medio tiempo cumple los mismos requisitos y contiene los mismos derechos estipulados en la ley; al respecto, el artículo 197 del Código sustantivo del trabajo expone: “Artículo 197. Trabajadores de jornada incompleta. Los trabajadores tienen derecho a las prestaciones y garantías que les correspondan, cualquiera que sea la duración de la jornada.”
Por lo anterior, se debe precisar que actualmente la jornada ordinaria laboral en Colombia es de 8 horas diarias y 48 horas semanales, por consiguiente, una jornada de medio tiempo consta de 4 horas al día. En cuanto al pago de salario, este será proporcional a la jornada laboral, es decir, se deberá pagar lo concerniente a medio salario teniendo como base el salario que devenga una persona que trabaja tiempo completo en jornada ordinaria, así mismo el salario mínimo está sujeto a la jornada laboral máxima legal, de manera que, si se pacta una jornada inferior a la máxima legal, el salario mínimo puede ser ajustado en esa proporción.