A partir del 2 de julio del presente año, las entidades de carácter público, privado y mixto, que, con ocasión a su misión institucional, presten servicios de atención al público, deberán implementar el uso de tapabocas o mascarillas de protección inclusivas durante el tiempo que determinen las autoridades competentes en razón a la emergencia sanitaria.
Lo anterior, con el fin de promover el respeto y garantía de la comunicación de personas con discapacidad auditiva, a través de mascarillas de protección que cuenten con un visor transparente, el cual, permitirá la interacción de las personas que requieren de la lectura de labios para poder comunicarse.
Para efectos de lo anterior, las entidades deberán fijar un aviso en un lugar visible, donde informen el uso de tapabocas o mascarillas inclusivas. Dicho aviso, deberá ser comprensible por las personas con discapacidad auditiva.
Dra. Manuela Mahecha Vanegas