Acudiendo al tema puntual, es oportuno precisar que el tema en mención se enfoca, frente a las empresas que cuenten dentro de su planta con 10 o menos trabajadores y que los mismos se encuentren incluidos dentro de los riesgos I, II O III, Para lo cual, es oportuno señalar que el profesional en mención debe contar con ciertos requisitos específicos, dentro de los cuales encontramos que debe ser técnico en seguridad y salud en el trabajo, que acredite que en efecto cuenta con la experiencia en el área, mínimo de 1 año, y de igual manera que acredite el curso correspondiente a las 50 horas que exige la normatividad vigente.
Ahora bien, se aclara que si la persona encargada, tiene titulación de tecnólogo, profesional o especialista en el área, también se considera competente para realizar dicha implementación, sin dejar de lado que las personas que solo cuenten con las 50 horas del curso virtual, se encuentran facultadas para administrar y ejecutar el Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo, conforme a lo establecido en la resolución 0312 de 2019.
Dra. Paola Páez
Actualidad Jurídica Empresarial