La compra de vivienda en Colombia, ha sido un eje fundamental de los diferentes planes de gobierno a lo largo de la historia del país, el UPAC (Unidades de poder adquisitivo constante) llego a el país a el año 1972 y estaba sujeto a el incremento del IPC (Índice de precios al consumidor). No obstante para el año 1994, el sistema del UPAC cambió y ahora estaría sujeto a DFT ( dependiente del sistema financiero), para mediados de la década de los 90, la tasa DFT creció de forma desproporcional muy por encima del Índice de Precios al Consumidor, causando así que las aumento el costo de los créditos de forma desmesurada, pero los ingresos de los Colombiano no crecieron de igual forma, causando así que muchas personas tuvieran que devolver la vivienda debido a la imposibilidad de pagar el crédito hipotecario esto trajo consigo una incertidumbre económica, que termino con una crisis social y del sector de la construcción.
Es por ello, que la Corte Constitucional en el año 1999, insto a el Congreso de la Republica a regular esta situación, y es allí que nace a la vida jurídica la Ley 546 de 1999, en donde se crea la UVR (Unidad de Valor Real) cuyo crecimiento está mas de acuerdo el aumento de los ingresos de los colombianos, como principales beneficios de esta ley tenemos:
– La terminación del UPAC.
– Permite el abono a capital sin lugar a penalización alguna.
– Reducción del tiempo de crédito.
Esta ley permito a los colombianos que cuentan con un crédito de vivienda el poder realizar abonos a capital del préstamo, para así reducir el plazo del préstamo y el nivel de interés del mismo. De igual forma, crea otros mecanismos como la compra de la cartera, la obligación del banco a otorgar cierto porcentaje de su capital para prestamos de vivienda de interés social.
Dr. Germán Gutiérrez Quintero