El fuero de maternidad laboral, es una garantía constitucional que tiene como finalidad la protección de la mujer en estado de gestión, del menor recién nacido y de igual forma protección integral al núcleo familia, dicha protección ha sido regulada principalmente por el artículo 239 del Codigo Sustantivo del Trabajo:
Código Sustantivo de Trabajo, Art. 239 Prohibición de despido:
- Ninguna trabajadora podrá ser despedida por motivo de embarazo o lactancia sin la autorización previa del Ministerio de Trabajo que avale una justa causa.
Este amparo o fuero de maternidad se ha ido ampliando de manera jurisprudencial y normativa, incluyendo así el fuero de paternidad o la estabilidad laboral para las madres adoptantes; disposición normativa, estipulada en el numeral 4 del artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo:
4. Todas las provisiones y garantías establecidas en la presente ley para la madre biológica, se hacen extensivas en los mismos términos y en cuanto fuere procedente a la madre adoptante […]
Ahora bien, La estabilidad laboral reforzada inicia el mismo día en que el niño adoptado es entregado oficialmente a la madre adoptiva y no existe limitación respecto a la edad del niño adoptado, por ende no aplica solo para recién nacidos.
Dr. Germán Gutiérrez Quintero