Tratamiento de la huella dactilar requiere autorización explícita del titular

Juan Gomez Galeano
Juan Gomez Galeano 18 agosto, 2021
Actualizado 2021/08/18 at 9:23 PM

Al hablar del régimen de protección de datos personales nos encontramos con unas categorías especiales de protección de datos dentro de los cuales encontramos los datos sensibles, dentro de las compañías es posible que se tengan como método de ingreso a la misma el registro biométrico lo cual resulta como un mecanismo valido y efectivo en el control de llegada y salida de los trabajadores sin embargo, es importante tener de presente que al momento de ingreso de un trabajador además de realizar la suscripción de la autorización para el tratamiento de datos personales, se lleve a cabo la autorización para poder acceder a sus huellas dactilares puesto que estas son consideradas como datos sensibles.

Ahora bien, hay que hacer claridad que las huellas dactilares se consideran de carácter sensible siempre y cuando estos busquen la identificación o autenticación del trabajador. De lo contrario se tendrá que estos datos son de carácter privado. Hay que tener presente que estos datos sensibles son aquellos que pueden llegar a afectar el derecho a la intimidad de las personas por lo cual, si nos vemos inmersos en un uso indebido de estos datos se podría evidenciar un acto discriminatorio.

Finalmente, se entiende que el titular de la información y sobre la cual se hará la protección de datos ha dado la respectiva autorización cuando lo haga por medio escrito como lo es el documento de autorización, de manera oral o mediante conductas inequívocas, es decir, conductas por medio de las cuales yo autorizo el tratamiento de mis datos personales, no pueden dar lugar a duda y permitan concluir dicha autorización.

Dra. Jennifer Burgos Jiménez

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