En atención al Código Sustantivo del Trabajo, es especial a lo estipulado en los artículos 230 y siguientes, establece la obligación para el empleador de otorgar sus trabajadores un (1) par de zapatos y un vestido, cada 4 meses, en forma gratuita siempre y cuando se cumplan con las siguientes condiciones:
- Que la remuneración del trabajador sea inferior a dos (2) salarios mínimos mensuales vigentes.
- Que haya cumplido tres (3) o mas meses al servicio del empleador
L as fechas que estipula la norma para la entrega de la dotación se encuentran establecidas así: 30 de abril, 31 de agosto, y 20 de diciembre.
Como recomendación, es importante que, al momento de realizar la entrega de dotación a sus trabajadores, verifique bajo cuales preceptos normativos y legales deberán entregarse con el fin de no incurrir en errores, por último, recuerde que debe realizar la entrega de dotación a más tardar el día 31 de agosto de del año en curso
Dr. Germán Gutiérrez Quintero