La ley 1580 del 2012 creo la Pensión Familiar, donde los conyugues o compañeros permanentes sumaran sus aportes o cotizaciones a pensión y esto debido a que de manera individual no lograran pensionarse.
Requisitos en el Régimen de Prima Media con Prestación Definida (Fondo Publico)
- Los dos miembros de la pareja estén afiliados al mismo fondo.
- Los dos miembros de la pareja estén afiliados al mismo régimen pensional.
- Haber cotizado entre los dos en total 1.300 semanas.
- Pertenecer a los niveles de Sisben 1 y 2
- Que a los 45 años cada uno de los miembros de la pareja haya cotizado el 25% de las semanas requeridas, es decir cada uno 325 semanas.
- Acreditar más de 5 años de convivencia conyugal o convivencia permanente antes de los 55 años.
- Acreditar la edad mínima 62 hombres y 57 mujeres.
- Que ninguno de los dos pueda acceder a la pensión.
Requisitos en el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (Fondos Privados)
- Haber convivido como mínimo 5 años anteriores a la solicitud.
- Haber cotizado entre los dos en total 1.150 semanas o un capital mínimo.
- Acreditar la edad mínima 62 hombres y 57 mujeres.
- Los dos miembros de la pareja estén afiliados al mismo fondo y régimen pensional.
- Ninguno de los dos pueda acceder a la pensión.
- Acreditar más de 5 años de convivencia conyugal o convivencia permanente antes de los 55 años.
Dra. Lina María Tejedor Castañeda