De conformidad con lo establecido en el parágrafo 2° del artículo 2 de la Ley 2069 del pasado año 2020 la cual es conocida como la Ley de Emprendimiento, tiene por objeto “establecer un marco regulatorio que propicie el emprendimiento y el crecimiento, consolidación y sostenibilidad de las empresas, con el fin de aumentar el bienestar social y generar equidad. Dicho marco delineará un enfoque regionalizado de acuerdo a las realidades socioeconómicos de cada región”, es por lo anterior que los microempresarios que se encuentren interesados en acceder a la expedición de registros sanitarios cuando se trate de ser por primer vez, o en el caso de las modificaciones o las renovaciones, indico el INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS – INVIMA que aplica exención de pago de tarifa sin embargo deberán acreditar su calidad que se consideren de pequeño productor o microempresario teniendo en cuenta también los decretos Nos 691 de 2018 y 957 de 2019 al momento de presentar la solicitud.
Aunado a lo anterior, también pueden acceder a estos trámites de forma gratuita las Cooperativas, las Asociaciones Mutuales y las Asociaciones Agropecuarias, Étnicas y campesinas quienes además desarrollen actividades económicas, productivas y que se clasifiquen como microempresas según las disposiciones del Decreto 957 de 2019.
Por último, los códigos tarifarios a los cuales les aplica la exención de pago de acuerdo a lo que refiere la Ley pueden ser consultados directamente en la página del INVIMA.