Recomendaciones si la UGPP no ha iniciado un proceso de fiscalización

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 15 septiembre, 2021
Actualizado 2021/09/15 at 11:14 AM

Debemos resaltar que para La Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social, más conocida para todos como la UGPP o La Unidad, es una entidad adscrita al Ministerio de Hacienda y crédito público; la misma se encarga del Sistema de la Protección Social (Salud, Pensiones, ARL, CCF, SENA e ICBF) y respecto a los independientes lo que tiene que ver con el Sistema de Seguridad Social Integral (Salud y Pensiones, ARL).

Para la Unidad es claro entender que significa una omisión, inexactitud y mora:

Omisión: Incumplimiento de la obligación de afiliar o afiliarse o reportar novedad de ingreso a alguno o algunos de los subsistemas del SPS, y no haber declarado ni pagado los aportes.

Inexactitud: Cuando el aportante declara y paga un menor valor al que legalmente estaba obligado según la ley.

Mora: Incumplimiento que se genera cuando existiendo afiliación no se realiza el pago de los aportes en los plazos establecidos en la ley.

Ahora bien, para no recaer en estos actos que pueden constituir detrimento económico para las empresas, se deben tomar las siguientes recomendaciones:

  1. Revisión de la contabilidad general de la compañía
  2. Parametrización de la compañía
  3. Esquemas de compensación y remuneración que han sido implementados en los últimos años
  4. Alcance de los pactos de exclusión salarial
  5. Forma en que se liquidan las vacaciones en salarios ordinarios e integrales
  6. Reporte de novedades en las Planillas Integradas de Autoliquidación de Aportes (PILA)

Dr. Alejandra Rodríguez Espinosa

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