Es de tener en cuenta que, como empleadores, NO podemos retener al trabajador una vez allá tomado la decisión de renunciar, ya que esto iría en contravía de los derechos fundamentales del trabajador, aunado a lo anterior es menester que se determine las características que ostentan dichos documentos, pues existen 2 tipos de renuncia:
- Voluntaria
- Motivada
La renuncia voluntaria es aquella que se basa en indicar que es irrevocable, y que por motivos personales decide terminar la relación laboral, y demás indicaciones que considere oportunas.
Por otro lado, la renuncia motivada, es aquella en la que el trabajador indica que decide terminar con la relación laboral, indicando que motivos internos de la compañía lo llevaron a presentar su terminación de contrato de manera unilateral, a lo cual es menester realizar la aceptación de la renuncia, pero en caso de NO estar de acuerdo con los motivos indicar, que NO son procedentes ni conducentes los motivos y por lo tanto NO son aceptados.
Dra. Cynthia Karina López Sánchez