La ley 2114 de 2021, estableció la figura de la licencia parental compartida, entendiendo esta, como la posibilidad otorgada mediante la ley para compartir la licencia de maternidad con el padre, permitiendo que el padre tenga más acercamiento en el proceso para con su hijo; entonces, parte de la licencia de maternidad es compartida con el padre, si así lo consideran pertinente; en ese sentido, la madre podrá a disposición propia, compartir las ultimas seis semanas de licencia con el padre, a menos que por disposición médica, ella se vea obligada a usarlas en su totalidad.
Es importante tener presente que para que se pueda acceder a la licencia parental compartida, se deben cumplir con ciertos requisitos, como:
- El tiempo de la licencia parental compartida se empezará a contar desde la fecha del parto
- La madre, obligatoriamente deberá tomar sus doce primeras semanas de licencia después del parto, y serán las ultimas seis semanas siguientes las que serán negociables para compartir con el padre
- Esta licencia no se podrá estipular de manera intercalada, salvo los casos recomendados por el medico tratante
- Esta licencia será remunerada tomando como referente el salario que percibe la persona que pretenda disfrutar de la licencia.
- Por último, el acuerdo entre los padres para distribuir o compartir la licencia debe ser estipulada a través de un documento firmado y presentado al empleador en cada caso.
Laura Caterine Vanegas González