La firma de los tratados internacionales hace que los países que lo realicen acaten las disposiciones que en ellos se incorporan sin embargo hay oportunidades en las que los países no están de acuerdo en adoptar nuevas disposiciones o simplemente presentan inconformidades respecto a que no hay una regulación expresa en referencia a un tema determinado que afecte los intereses de su soberanía es por ello que para estos casos se suscriben las declaraciones, siendo estas documentos que determinan la intención de una norma pero aun así no genera un vinculación a los países sino que solamente se entiende más como obligaciones morales que jurídicas por eso se llaman SOFT LAW porque no se genera una obligatoriedad de cumplimiento por lo cual se determina como una ley primaria para establecer acuerdos principios o declaraciones para los países los cuales carecen de los siguientes elementos:
- Rapidez en el entendido que las declaraciones se consideran interpretativas.
- Claridad y uniformidad ya que su apoyo jurídico depende de una situación moral para quien lo interprete o acoja.