Es necesario recordar que las vacaciones son un derecho consagrado a favor de los trabajadores, por medio del cual el empleador se encuentra obligado a otorgarle un descaso que sea remunerado a los empleados, por hablar laborado en un lapso de tiempo desde el inicio del contrato.
Las vacaciones se encuentran consagradas en el artículo 186 y siguientes el Código Sustantivo del Trabajo.
Pero la pregunta realmente radica en conocer ¿En cuánto tiempo se debe otorgar de vacaciones? en ese orden de ideas es necesario recordar que se deben otorgar quince días hábiles, es decir, no se incluyen por ningún motivo los domingos y festivos, ahora bien, es necesario precisar que estos 15 días debes ser remunerados.
Por otra parte el artículo 187 del Código Sustantivo del trabajo es claro en precisar que el periodo de vacaciones puede ser señalado unilateralmente por el empleador mediante un pre aviso por lo menos de quince días de anticipación, pero este periodo de vacaciones también puede ser solicitado por el trabajador de acuerdo a sus necesidades en la cual se llegue a un acuerdo con el trabajador y se otorguen las vacaciones.