El 05 de agosto de 2021, el Ministerio de Salud y Protección Social, expidió la Resolución 1178 de 2021, por la cual se incluye el Permiso por Protección Temporal – PPT, el mismo será un documento de identificación valido para los migrantes venezolanos, y para la obtención de los Sistemas de Protección Social; en este orden de ideas, el Permiso de Protección Temporal, es un documento de identificación para migrantes, que regulariza la situación de este grupo de personas dentro de nuestro país, y así mismo autoriza a los ciudadanos Venezolanos para que puedan estar en condiciones de regularidad migratoria especial dentro del territorio nacional, con esto, puedan ejercer derechos para ser contratados, mediante contratos de prestación de servicios o vinculaciones laborales, el termino de este permiso será por 10 años.
Por consiguiente, si una empresa quiere contratar o vincular a un migrante venezolano que no cuente con el Permiso Especial de Permanencia para venezolanos – PEP, pero que si cuente con el Permiso por Protección Temporal – PPT, podrá hacerlo, porque como se indica, será un documento de identificación valido, y mediante este, la empresa realizara una vinculación regular y se permitirá los aportes y cotizaciones al Sistema de Seguridad Social Integral.
Dra. Lina María Tejedor Castañeda