UNIÓN MARITAL DE HECHO

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 9 noviembre, 2021
Actualizado 2021/11/09 at 10:50 AM

Inicialmente es oportuno precisar que, hablamos de la UNIÓN MARITAL DE HECHO cuando referimos a  la unión formada entre un hombre y una mujer, que, sin estar casados, hacen una comunidad de vida permanente y singular; recordando que, la Corte Constitucional, mediante Sentencia C-075-07, incluyó a las parejas homosexuales que constituyen este tipo de unión para brindarles protección patrimonial y, así, no lesionar su dignidad, no limitar su derecho al libre desarrollo de la personalidad y no discriminarlos.

Así las cosas, se entiende que esta podrá ser declarada mediante;

  • Escritura pública.
  • Acta de conciliación.
  • Sentencia judicial.

Ahora bien, si lo que se pretende es proceder con la Cesación de efectos civiles de La Unión Marital De Hecho, se deberá surtir el siguiente trámite;

  • Se puede pedir directamente o mediante apoderado.
  • Se debe especificar cómo será el cumplimiento de obligaciones alimentarias.

– Hijos menores de edad: Informar sobre su existencia y acuerdos de las partes sobre los deberes como padres.

Share this Article