Los productos y servicios que se ofrecen en el mercado deben tener calidad, idoneidad y seguridad, entendido esto como el cumplimiento de las características específicas, la aptitud para satisfacer las necesidades que buscan cubrir, y la condición del producto frente a su utilización y destinación.
Ahora bien, los encargados de garantizar estos parámetros, son los productores y proveedores, teniendo como obligación suministrar la información suficiente del producto o servicio que se esta ofreciendo.
En este sentido, la garantía es la obligación que tienen los productores y proveedores de responder ante situación contrarias de calidad, idoneidad y seguridades, frente a lo cual, existen dos tipos de garantías a saber: la primera de ellas se denomina garantía legal, la cual se establece cuando el productor o proveedor no la estableció al momento de determinar las condiciones de la relación, por lo tanto, se presume que estos productos tienen un término de un año, frente a los productos nuevos. Para productos usados, la garantía será de 3 meses.
Por otro lado, la norma permite que los productores o proveedores establezcan garantías suplementarias, es decir, garantías adicionales a las garantías establecidas por la norma. Dichas garantías suplementarias podrán otorgarse a título oneroso, frente al cual se requiere, de manera obligatoria, que conste por escrito; si son gratuitas, no es necesario este requisito.
Finalmente, tenga en cuenta que estas garantías cubren lo relacionado con reparaciones gratuitas, suministro de instrucciones, mantenimiento, asistencia técnica, repuestos, insumos, entre otros.