En virtud del desarrollo de actividades económicas, sociales, culturales y del Estado, el Ministerio de Salud y Protección Social determinó nuevas medidas aplicables al protocolo general de bioseguridad a través de la Resolución 350, emitida el primero de marzo 2022. Esta resolución entra en vigencia a partir de su publicación, la cual deroga la Resolución 777 del 2021 junto con la Resolución 1687 de 2021.
Durante el diseño e implementación del protocolo de bioseguridad la norma nos indica que se debe estructurar en dos tipos de medidas: las medidas generales y las especiales, que aplican a todas las organizaciones.
Es importante hacer mención de las medidas generales que todo protocolo de bioseguridad debe contener:
- Autocuidado
- Salud mental
- Lavado e higiene de manos
- Distanciamiento físico
- Uso de protector respiratorio
- Ventilación adecuada
- Limpieza y desinfección
- Manejo de residuos
- Comunicación del riesgo y cuidado de la salud
Y por ultimo, las medidas especiales se determinarán de acuerdo a la actividad económica que desarrolle la organización, en el sector laboral las medidas serán dirigidas a la promoción, prevención y vigilancia epidemiológica. Por el contrario, en el sector educativo ya sea oficial o/y privado, esta estructurado el protocolo conforme a los niños y niñas menores de 2 años; adolescentes, y el sector transporte.