El reto del derecho laboral en el reconocimiento del genero no binario

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 7 abril, 2022
Actualizado 2022/04/07 at 10:35 AM

La Corte Constitucional ordenó a la Registraduría Nacional reconocer el género no binario en las cedulas de ciudadanía. Dicha acción, de manera directa, hace que los diferentes espacios de convivencia y desarrollo que se han creado con una base normativa tradicional tengan que variar para asegurar a cada uno de sus participes el cuidado y respeto a sus derechos fundamentales. En el ámbito laboral, la determinación tomada por la Corte Constitucional tiene varias implicaciones, pues el reconocimiento de este generó en un documento público también llevará a que los empleadores deban tomar medidas para que se dé un correcto ambiente laboral dentro de sus instalaciones.

Ahora bien, frente a la influencia en esta acción en el ámbito laboral a futuro, se observa el reconocimiento de la seguridad social, pues la Corte Constitucional no solo ordenó agregar dicha información en documento público también ordenó que se hiciera todo un desarrollo para el trato de las personas que se identifican bajo este generó, a pesar que se haya hecho claridad en que genero y sexo son temas diferentes, es necesario que se haga claridad en cómo se desarrollará, por ejemplo, el otorgamiento del derecho de la pensión, ya que uno de sus requisitos es el sexo (hombre o mujer). La persona reconocida con generó no binario deberá identificarse con uno de estos dos para obtener la protección establecida para la vejez, sobrevivencia e invalidez, generando de esta forma una violación a los derechos fundamentales.

De esta manera, la determinación tomada por la Corte Suprema de Justicia establece un reto para el ámbito laboral, donde deberá apoyarse en las diferentes políticas y comités establecidos por el sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo para crear un ambiente sano y productivo que permita a las personas identificadas bajo dicho genero llevar un desarrollo respetuoso, permitiendo la protección de sus derechos fundamentales en cualquier espacio de participación laboral.

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