¿Las incapacidades suspenden o interrumpen el periodo de prueba?

Manuela Mahecha Vanegas
Manuela Mahecha Vanegas 31 mayo, 2022
Actualizado 2022/05/31 at 10:25 AM

El periodo de prueba es un término donde el empleador evalúa las condiciones y aptitudes del trabajador para desempeñar el cargo, así como también la idoneidad para ejecutar el servicio. En este sentido, la ley otorga la facultad de terminar el contrato por parte de la compañía, de manera unilateral, sin que haya lugar al pago de algún tipo de indemnización, siempre y cuando, se notifique, la terminación durante el término del periodo de prueba. Es decir, que para el caso del contrato a término indefinido no podrá exceder de los dos meses; y en los contratos a término fijo inferiores a un año, no podrá ser superior a la quinta parte del periodo pactado.

Ahora bien, las incapacidades son un término otorgado al trabajador con el fin de que se recupere, cuando se encuentra inhabilitado física o mentalmente para desempeñar sus funciones de manera temporal. En este caso, el trabajador no recibirá salario, por el contrario, recibirá un auxilio económico reconocido a través de la EPS o de la ARL según corresponda.

Sin embargo, nace la inquietud de si el término de periodo de prueba se suspende o interrumpe con ocasión a una incapacidad temporal. Al respecto, el Ministerio de Trabajo ha indicado, que las incapacidades no suspenden el contrato de trabajo y por consiguiente no suspenden el periodo de prueba, salvo que en el contrato se haya pactado lo contrario. Razón por la cual, si un trabajador en periodo de prueba presenta incapacidades, dicho termino seguirá corriendo, y en el caso de que se reincorpore y el término de periodo de prueba ya haya finalizado, no será posible dar por terminado el contrato pues, no se cumplió la naturaleza del periodo de prueba, es decir que, empleador haya podido comprobar si realmente el trabajador está capacitado para el puesto.

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